Las empresas interesadas en calificar y autorizar sus proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica; deben ingresar su solicitud a través de la Plataforma Virtual del Sistema de Beneficios Tributarios I+D+i.
Dentro de los 5 días hábiles siguientes de enviada la solicitud, deberá presentar en Mesa de Partes del CONCYTEC la Sección V del Formato Nº 1 – Declaración Jurada–, firmada por el(los) representante(s) legal(es) de la entidad. La declaración es generada automáticamente por la plataforma de beneficios tributarios inmediatamente al enviar su postulación online la misma que es enviada al correo que consignaron como contacto.
La citada Declaración Jurada puede ser presentada de manera física en la mesa de partes presencial del Concytec (Avenida del Aire 485 - San Borja, en horario de Lunes a Viernes de 8:00 am. a 4:15 pm.) o vía electrónica al correo: mesadepartes@concytec.gob.pe
Las empresas podrán presentar sus proyectos en las siguientes modalidades:
Cuando la empresa desarrolla un proyecto de I+D+i con sus propias capacidades y cumple los siguientes requisitos:
Cuando la empresa decide tercerizar el proyecto de I+D+i a través de un Centro de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y/o Innovación Tecnológica, debe tomar en cuenta lo siguiente:
Para la calificación de los proyectos de I+D+i, el CONCYTEC tendrá un plazo de 45 días hábiles. De no haber pronunciamiento dentro de dicho plazo, se aplicará el silencio administrativo negativo.
Los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deberán llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar debidamente sustentadas.
Para la deducción de los gastos en proyectos de I+D+i se entenderá que los gastos se producen en el ejercicio en el que devenguen, salvo que formen parte del costo de un proyecto que implique el reconocimiento de un activo intangible, en cuyo caso se entenderá que éstos se producen en el ejercicio en el que se desembolsen.
Tratándose de activos fijos utilizados en los proyectos se aplicarán las reglas de depreciación establecidas en la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento.
Las gastos devengados o desembolsados se deducirán a partir del ejercicio en el que se presente la solicitud de calificación.
El CONCYTEC desarrolla un proceso de evaluación con personal calificado en cada etapa del proceso.